Preguntas Frecuentes

¿Qué es una Comunidad Energética o Comunidad Energética Local?

Comunidad Energética (CE) o Comunidad Energética Local (CEL) :

Es una comunidad donde sus miembros se implican de manera abierta y voluntaria en la planificación e implementación de proyectos de autoconsumo energético que proporcionan beneficios medioambientales, económicos y sociales tanto al municipio como a los integrantes de la misma.

Es un colectivo formado por personas físicas, Pymes y/o entidades locales, incluidos los municipios que desarrolla proyectos con el objetivo de producir, consumir, almacenar, compartir, o vender energía de forma conjunta y cuya finalidad es proporcionar beneficios medioambientales, económicos y/o sociales a sus socios/as o a las zonas locales donde opera, fomentando la cooperación y la sostenibilidad.

¿ Qué tipos de comunidades energéticas o comunidades energéticas locales hay? ¿Cuál es la diferencia entre una Comunidad Energética Renovable y una Comunidad Ciudadana de Energía? Comunidades de energías renovables (en adelante, CER y Comunidades ciudadanas de energía (en adelante, CCE)

Comunidades de energías renovables (en adelante, CER): son entidades jurídicas basadas en la participación abierta y voluntaria, autónomas y efectivamente controladas por socios/as o miembros que estén situados en las proximidades de los proyectos de energía renovable que sean propiedad de dichas entidades jurídicas y que estas hayan desarrollado. Los socios/as o miembros de estas entidades jurídicas deben ser personas físicas, pymes o entidades locales, incluidos los municipios. Su finalidad primordial debe ser proporcionar beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus socios/as o miembros o a las zonas locales donde operan, en lugar de ganancias financieras.

Comunidades ciudadanas de energía (en adelante, CCE): son entidades jurídicas basadas en la participación voluntaria y abierta, cuyo control efectivo lo ejercen socios/as o miembros que sean personas físicas, entidades locales, incluidos los municipios, o pequeñas empresas, y cuyo objetivo principal consiste en ofrecer beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus miembros, socios/as o a la localidad en la que desarrolla su actividad, más que generar una rentabilidad financiera.

¿Qué forma jurídica tiene que tener una Comunidad Energética?

Las comunidades energéticas no tienen una figura jurídica propia. Sin embargo, pueden adoptar diferentes formas jurídicas según las necesidades del grupo, tales como una cooperativa, asociación, sociedad limitada (SL) o sociedad anónima (SA). Los principios claves que deben cumplir cualquier Comunidad Energética son:

  • Estar basadas en la participación abierta y voluntaria.
  • Ser autónomos y controladas efectivamente por sus socios/as o miembros.
  • Desarrollar sus propios proyectos relacionados con la energía.
  • Contar con socios/as que sean personas físicas, Pymes o autoridades locales.
  • Tener como finalidad primordial ofrecer beneficios sociales, ambientales o económicos a sus socios/as o miembros o en las zonas locales donde opera, en lugar de centrarse solo en beneficios económicos.

Por lo tanto, la elección de la forma jurídica dependerá de las características y objetivos del grupo que forme la Comunidad Energética, siempre respetando estos principios clave.

¿Cuáles son los requisitos legales para formar una Comunidad Energética?

Los requisitos para crear una Comunidad Energética pueden variar según la región, pero en general, deben de cumplirse los siguientes puntos:

  • Entidad jurídica: es necesario constituir una entidad jurídica.
  • Cumplimiento de normativas: deben de seguir las regulaciones locales sobre energías renovables, mercado eléctrico y consumo de energía.

¿Qué actividades desarrollan las comunidades energéticas?

Las actividades que pueden desarrollar las comunidades energéticas son diversas:

  • Generación de energía renovable: Instalación de sistemas como paneles solares, turbinas eólicas, o biomasa.
  • Gestión del consumo energético: Optimización del uso de la energía, especialmente en viviendas y edificios públicos.
  • Almacenamiento de energía: Implementación de sistemas de almacenamiento como baterías para asegurar el suministro durante picos de demanda o baja producción.
  • Movilidad eléctrica: Instalación de estaciones de carga para vehículos eléctricos y la promoción de su uso dentro de la comunidad.
  • Educación y sensibilización: jornadas de formación a la ciudadanía sobre cómo reducir el consumo energético y adoptar hábitos más sostenibles.

¿Cuáles son los objetivos de una Comunidad Energética?

Las comunidades energéticas buscan alcanzar varios objetivos clave, entre los cuales destacan:

  • Reducir la dependencia de fuentes de energía convencionales (combustibles fósiles).
  • Fomentar el uso de energías limpias y sostenibles.
  • Reducir los costos energéticos para los miembros y la comunidad.
  • Promover la participación ciudadana y la toma de decisiones a nivel local.
  • Contribuir a la sostenibilidad ambiental y la lucha contra el cambio climático.

¿Quién puede formar parte de una Comunidad Energética?

Las comunidades energéticas están abiertas a la participación de cualquier persona o entidad interesada en producir, consumir y gestionar energía renovable de manera colectiva.

Los principales participantes suelen ser:

  • Ciudadanos individuales: personas que desean generar su propia energía verde y reducir su dependencia de la red eléctrica tradicional.
  • Comunidades de vecinos: vecinos que se agrupan para compartir instalaciones de energía renovable.
  • Colectivos y asociaciones: organizaciones sin ánimo de lucro, cooperativas y grupos locales que buscan promover la sostenibilidad y el autoconsumo energético.
  • Pequeñas y medianas empresas: negocios que desean reducir sus costes energéticos y mejorar su impacto ambiental a través del uso de energía limpias.
  • Administraciones públicas: entidades municipales que impulsan proyectos de energía renovable para beneficio de la comunidad local.

Las comunidades energéticas se basan en la participación libre y voluntaria, asegurando que cualquier persona o entidad interesada pueda sumarse sin restricciones innecesarias. Este enfoque impulsa un acceso más equitativo a la energía, refuerza la economía local y promueve un modelo energético más sostenible y justo.

¿Tengo que realizar algún tipo de obra o instalación en mi casa o negocio?

No es necesario realizar obras ni instalar paneles solares u otros sistemas en tu propiedad para participar. Las instalaciones de energía renovable pueden ubicarse hasta 2.000 metros de tu punto de consumo, lo que permite la participación sin necesidad de modificar tu vivienda o negocio.

¿Puedo salir de una Comunidad Energética si soy miembro?

Si, cualquier socio/a puede abandonar la Comunidad Energética si así lo desea. No obstante, deberá seguir los procedimientos establecidos en los estatutos, que pueden incluir ciertas condiciones.

¿Cuánto es el ahorro al participar en una Comunidad Energética?

El ahorro varía dependiendo de varios factores, como el consumo individual, el precio de la electricidad, el nivel de participación y las ayudas disponibles. Al generar y consumir energía localmente, se pueden reducir los costos en la factura de la electricidad y, en algunos casos, se pueden obtener ingresos por la venta de excedentes de energía.

¿Qué beneficios tienen las comunidades energéticas?

Las comunidades energéticas juegan un papel fundamental en los sistemas de producción de energía al aprovechar los recursos renovables disponibles localmente y fomentar la participación activa de los ciudadanos.

  • Aprovechamiento de recursos renovables: utilizan los recursos locales de energía renovable, promoviendo la transición energética.
  • Reducción de la huella de carbono: contribuyen a la lucha contra el cambio climático al abandonar los combustibles fósiles.
  • Eficiencia y ahorro: mejoran la eficiencia energética y reducen los costes, lo que se traduce en ahorro en las facturas de electricidad.
  • Inversión colectiva: ofrecen alternativas de inversión en energías renovables para el desarrollo local.
  • Lucha contra la pobreza energética: facilitan precios más bajos para los hogares con menos recursos.
  • Desarrollo económico local: promueven el control local de la energía, fortaleciendo la economía comunitaria.
  • Redistribución de beneficios: los beneficios generados se reinvierten en la comunidad, reduciendo los costos energéticos para los miembros.

¿Cuáles son los retos más comunes que enfrentan las comunidades energéticas?

Las comunidades energéticas enfrentan varias barreras que dificultan su desarrollo:

A pesar de estos obstáculos, las comunidades energéticas siguen siendo una herramienta poderosa para gestionar y generar energía de manera eficiente y sostenible.

¿Qué se puede hacer para crear un grupo motor?

Buscar un grupo motivado es importante pero muchas veces no se sabe por dónde empezar. Se proponen algunas ideas:

–              Reuniones con vecinos para ver a quién puede interesar el proyecto.

–              Contactar con el Ayuntamiento. Puede ser parte de la CE y puede ayudar en su promoción.

–              Contactar con otras asociaciones/cooperativas que agrupen personas físicas o pymes y plantear la pro- puesta, quizás quieran unirse.

¿Cuál es la forma jurídica más usada en las Comunidades Energéticas del territorio español?

Según un informe elaborado por Energía Común, de las 353 Co- munidades Energéticas del territorio nacional:

51%     Cooperativa

48%     Asociación

1%        Otro

En caso de una instalación fotovoltaica, ¿cómo se puede saber qué tejados son los más idóneo?

Una orientación e inclinación para poner fotovoltaica en cubierta se puede ver en la siguiente imagen.

La mejor orientación de un tejado es sur, con una inclinación de 38 grados.

Esto no impide que se pueda instalar fotovoltaica en tejados con orientación este u oeste.

¿Hay alguna subvención dedicada íntegramente a Comunidades Energéticas?

Sí. Desde varios   años, el IDAE es el encargado de administrar una subvención europea de los Fondos Next Generation para comunidades energéticas llamado CE IMPLEMENTA. Estas subvenciones han otorgado más de 120 millones de euros en proyectos de comunidades energéticas en toda España relacionados con la generación de energía renovable, la movilidad sostenible, eficiencia energética, redes de calor, almacenamiento…. A mayores de esta convocatoria están surgiendo convocatorias de otras entidades que permitirán a las comunidades energéticas acceder a otras subvenciones en los próximos meses.

¿Y después de la creación de la Comunidad Energética?

Los proyectos de Comunidades Energéticas son proyectos vivos que no terminan en su primera actuación. Estos tienden a seguir expandiendo sus actividades. Después de la creación de una Co- munidad Energética se pueden tomar medidas como:

  • Ampliar la instalación (con más paneles fotovoltaicos o haciendo uso de una nueva tecnología de generación).
  • Hacer uso de otras actuaciones (movilidad sostenibilidad, implantación de baterías, eficiencia energética…).
  • Llevar a cabo acciones sociales (formación a estudiantes sobre energías renovables)

¿Cómo se elige la figura legal de una C.E., de una Comunidad Energética?

Que la Comunidad Energética sea una asociación, una cooperativa u otra figura depende sobre todo de las características de ésta. Factores como la cantidad de socios, la financiación que se necesita, la firma de convenios con el Ayuntamiento, la tipología de socios o los objetivos perseguidos por la Comunidad Energética, definen cuál ha de ser la figura legal elegida.

¿Pueden las Comunidades de vecinos ser comunidad energética?

Una de las características clave para conformarse como comunidad energética es la necesidad de existencia de una figura jurídica definida. Las Comunidades de vecinos no son una figura legal.

Por otro lado, la Comunidad de Vecinos puede participar en una comunidad energética como socio. El CUPS asociado es el de la comunidad de vecinos en el caso de una instalación fotovoltaica.

Si cada vecino quiere tener un ahorro con su pro- pio CUPS, debe ser el propio vecino a título individual quien sea socio de la C.E.

La entrada de la comunidad de vecinos en una asociación o una cooperativa de CE está permitida siempre que la CE cumpla con las características que la definen.

¿Tiene que ser la entidad legal de nueva creación para ser Comunidad Energética?

No tiene porqué, la entidad legal (asociación, cooperativa…) pue- de ser preexistente.

–              A una asociación ya existente se le pueden modificar los estatutos para contener los fines de la comunidad energética, y así, esta puede conformarse como tal.

–              Una cooperativa preexistente puede crear una nueva sección independiente con funcionamiento democrático dentro de la propia cooperativa. Esa nueva sección creada puede ser la base para la comunidad energética.

¿Puede entrar una Cooperativa o una Asociación como miembro de la CE?

Sí. Una cooperativa o una asociación puede ser miembro de la CE. Conviene aclarar que la asociación con 4 asociados que se una a la Comunidad Energética cuenta como 1 socio, no como 4. Hay que tener clara la diferencia entre socios (la asociación en este caso) y los usuarios (los miembros de esa asociación). El CUPS asociado a la comunidad energética en el caso de fotovoltaico, sería el de la asociación o cooperativa.

¿Tienen que ser todos los socios personas físicas?

No, la cantidad mínima para crear una comunidad energética es de 5 y en ningún caso existe otro criterio restrictivo en base a qué tipo de socio ha de ser. Esto hace que pueda conformarse con 5 personas físicas, pero también con, por ejemplo, 3 PYMES y dos personas físicas o 1 Entidad local, 2 personas físicas y 2 PYMES.

¿Cómo participa un Ayuntamiento?

El ayuntamiento puede ser promotor de la iniciativa, facilitar trámites administrativos, puede ser socio de pleno derecho o puede ser socio colaborador.

¿Cuáles son las mejoras sociales que se pueden realizar con un proyecto de comunidad energética?

Los beneficios sociales de las comunidades energéticas ponen el foco en la reducción de la pobreza energética, la creación de puestos de trabajo locales y la consecuente dinamización econó- mica del municipio.

Más allá de estos beneficios propios de las comunidades energé- ticas, los socios de esta pueden decidir tomar acciones de mejora social conforme a los excedentes que generen y a los valores de la entidad creada. Se pueden iniciar acciones de mejora social en los siguientes campos:

  • Mejoras en edificios comunes de la localidad (como pintar un centro social o cambiar sus radiadores).
  • Atracción de ciudadanos interesados en ver las instalaciones cuyo paso repercutirá en un beneficio económico y social a la localidad.
  • Formación de estudiantes y ciudadanos en energías renovables.

También hay que tener en cuenta que el carácter colaborativo de estos proyectos genera una sensación de pertenencia que pue- de ser la base para comenzar nuevos proyectos en común (iniciativas turísticas o culturales comunitarias, implantación de un jardín rural/urbano, cursos de concienciación ciudadana…)

¿ Qué acciones pueden tomarse en caso de dudas durante el desarrollo de un proyecto de comunidad energética?

En caso de que surjan dudas durante el proceso de creación de una comunidad energética, se puede recurrir a la OTC del GDR Adesiman (Oficina de Transformación Energética del Grupo de Desarrollo Rural), cuya asistencia es gratuita es completamente gratuita.

Los técnicos de la OTC están disponibles para proporcionar la información necesaria y ofrecer orientación con el objetivo de garantizar el éxito de los proyectos.

Cuál es la diferencia entre un autoconsumo colectivo y una comunidad energética?

El modelo de autoconsumo colectivo se limita a un único tipo de actuación. El autoconsumo colectivo se refiere a la compartición de energía por parte de varios consumidores generada en una o varias instalaciones de producción. La falta de una pluralidad de proyectos de diferentes características limita los beneficios sociales  y medioambientales consecuencia de su implantación, y se centra más en los beneficios económicos. El carácter cerrado de los proyectos de autoconsumo colectivo, conlleva que los beneficiarios  sean estáticos y, por lo tanto, no pueden entrar nuevos socios.

La comunidad energética es un proyecto de mayor envergadura que abarca varias iniciativas, entre las que se puede encontrar el autoconsumo colectivo. Una comunidad energética puede llevar  a cabo múltiples proyectos, y su enfoque va más allá de los beneficios económicos, centrándose en los beneficios sociales y ambientales al ser proyectos más colaborativos con una estructura legal definida que facilita la entrada de nuevos socios.

¿Quién formo porte de uno Comunidad Energético?

Las comunidades energéticas pueden estar integradas por ciudadanos, pequeñas y medianas empresas (pymes) y autoridades locales. La normativa europea distingue entre

  • Comunidad Ciudadana de Energía (CCE): Definida en la Directiva (UE) 2019/944, artículo 16, se centra en la participación abierta y voluntaria de socios que pueden ser personas físicas, pymes o autoridades locales. La gobernanza debe ser democrática, y el objetivo principal es proporcionar beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus miembros o a la comunidad local, en  Iugar  de ganancias financieras.
  • Comunidad de Energía Renovable (CER): Establecida en la Directiva (UE) 2018/2001, artículo 22, se enfoca en proyectos de energías renovables y también promueve la participación abierta y voluntaria de socios locales, priorizando la proximidad geográfica y el control efectivo por parte de socios que estén ubicados cerca de los proyectos de energía renovable que desarrolla la comunidad.

¿Qué actividades pueden realizar uno Comunidad Energética?

Según la normativa europea y española, las comunidades energéticas pueden desarrollar diversas actividades, entre las que se incluyen:

  • Generación de energía a partir de fuentes renovables: Producción de electricidad o

calor mediante instalaciones solares, eólicas, biomasa, entre otras.

  • Consumo y compartición de energía: Permite a los miembros consumir la energía

generada y compartirla dentro de la comunidad.

  • Almacenamiento de energía: Implementación de sistemas que permitan almacenar la energía producida para su uso posterior, mejorando la gestión de la demanda y la estabilidad de la red.
  • Suministro y distribución de energía: Venta y distribución de la energía generada a los miembros de la comunidad o a terceros, conforme a la normativa vigente.
  • Servicios de eficiencia energética: Asesoramiento y ejecución de medidas para mejorar la eficiencia en el consumo de energía, incluyendo la rehabilitación de edificios y la instalación de sistemas eficientes.
  • Recarga de vehículos eléctricos: Instalación y gestión de puntos de recarga para fomentar la movilidad sostenible.

¿Cómo se puede formar porte de uno Comunidad Energética?

Para integrarse en una comunidad energética, se recomienda

  • Informarse sobre iniciativas locales: Consultar con Grupos de Desarrollo Rural (GDRs), cooperativas energéticas, asociaciones y ONGs que promuevan este modelo en la zona de residencia.
  • Participación activa: Unirse a comunidades existentes o colaborar en la creación de nuevas comunidades junto con vecinos, empresas locales y autoridades municipales.
  • Constitución legal: Las comunidades energéticas pueden adoptar diversas formas jurídicas, como asociaciones, cooperativas o sociedades limitadas, siempre que cumplan con los criterios establecidos en la normativa europea y española.

¿Qué diferencio o los comunidades energéticos de otros actores tradicionales?

Las comunidades energéticas se distinguen por:

  • Propósito: Su objetivo principal es proporcionar beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus miembros o a la comunidad local, en Iugar de maximizar las ganancias financieras.
  • Propiedad y control: Están controladas por socios locales, incluyendo ciudadanos, pymes y autoridades locales, que participan activamente en la toma de decisiones.
  • Gobernanza democrática: Las decisiones se toman de manera democrática, asegurando la participación equitativa de todos los miembros.

¿A qué retos se enfrentan los Comunidades Energéticos debido o sus diferencias con otros actores del mercado?

Las comunidades energéticas pueden enfrentar desafíos como:

  • Acceso a financiación: Dificultades para recaudar fondos iniciales de ciudadanos, pymes o autoridades locales.
  • Marco normativo en desarrollo: Aunque se han dado pasos significativos, la normativa específica para comunidades energéticas aún está en evolución, lo que puede generar incertidumbre.
  • Barreras administrativas: Complejidad en los trámites para acceder al mercado energético y obtener los permisos necesarios.
  • Dependencia de voluntarios: Muchas comunidades dependen de la participación voluntaria, lo que puede limitar su capacidad operativa.
  • Falta de experiencia: Escasa experiencia previa en el sector energético, lo que puede dificultar la implementación y gestión de proyectos.

¿Podría uno entidad que está constituido solo por empresas ser considerada   como   Comunidad Energética?

Sí, una entidad formada únicamente por empresas puede ser considerada una Comunidad Energética, siempre que cumpla con los criterios de participación abierta, democrática y control efectivo establecidos en las normativas europeas y españolas.

Normativa Europea:

  • La Directiva (UE) 2018/2001 establece que el control efectivo debe recaer en ciudadanos, pequeñas y medianas empresas (pymes) o autoridades locales. Las empresas participantes deben ser pymes para asegurar que no existan conflictos con los principios de gobernanza democrática y control local de las comunidades energéticas.

Normativa Española:

  • Según el Real Decreto-ley 5/2023, el control estratégico debe ser ejercido por personas físicas, pymes o autoridades locales. Además, las comunidades energéticas deben priorizar objetivos sociales, económicos y medioambientales sobre el lucro financiero.

¿Están las Comunidades Energéticas limitadas a cooperativas?

Según la normativa europea y española:

  Normativa Europea:

  • No, las comunidades energéticas no están limitadas a cooperativas. Según la Directiva (UE) 2018/2001, cada Estado miembro tiene la libertad de definir las formas jurídicas que pueden adoptar las comunidades energéticas, siempre que cumplan con los principios de participación abierta, gobernanza democrática y control efectivo. Esto permite que las comunidades energéticas adopten formas jurídicas como asociaciones, cooperativas, sociedades limitadas, entre otras.

 Normativa Española:

  • En España, según el Real Decreto-ley 5/2023 y otras normativas aplicables, las comunidades energéticas tampoco están limitadas a cooperativas. Se permite cualquier forma jurídica reconocida legalmente, como asociaciones, sociedades mercantiles o cooperativas, siempre que cumplan con los criterios de participación democrática, autonomía y control efectivo.

Por tanto, aunque las cooperativas son una forma común de organizar comunidades energéticas, no son la única opción ni en Europa ni en España.

¿Cuáles son los principales oportunidades para compañías energéticos para beneficiarse de Comunidades Energéticas?

Las compañías energéticas pueden aprovechar las comunidades energéticas como una oportunidad para innovar, diversificar sus actividades y participar activamente en la transición energética:

  • Democracia energética: Las empresas pueden participar como miembros individuales en

comunidades energéticas, contribuyendo al diseño y operación de proyectos renovables.

  • Copropiedad: Establecer acuerdos de copropiedad con comunidades energéticas para

desarrollar y operar instalaciones renovables.

  • Provisión de servicios y tecnología: Las empresas pueden actuar como proveedores de servicios técnicos y tecnológicos, suministrando soluciones como paneles solares, sistemas de almacenamiento, gestión de la red y plataformas digitales para la monitorización de energía.
  • Financiación de proyectos: Participar como socios financieros en proyectos de comunidades energéticas, obteniendo retornos mientras se alinean con objetivos de sostenibilidad.
  • Colaboración público-privada: Las comunidades energéticas ofrecen un marco para que las empresas colaboren con administraciones públicas y ciudadanía, explorando modelos de gobernanza compartida y sostenibilidad económica.
  • Acceso a incentivos y subvenciones: Las comunidades energéticas suelen acceder a ayudas específicas, como las del Programa CE Implementa en España, lo que beneficia a las empresas al compartir riesgos y costes en proyectos conjuntos.

¿Cómo se financian los Comunidades Energéticas?

Las Comunidades Energéticas pueden financiarse a través de diversas fuentes.

  • Subvenciones públicas. Por ejemplo, los programas CE Implementa en España o ayudas regionales.
  • Aportaciones de los socios      Los miembros   contribuyen       económicamente como inversión.
  • Crowdfunding. Financiación colaborativa abierta al público.
  • Préstamos bancarios o fondos privados: Opciones viables dependiendo del tamaño del proyecto.

¿Qué diferencio existe entre uno CCE (Comunidad Ciudadana de Energía) y uno CER ( Comunidad de Energías Renovables)?

  • CCE (Comunidad Ciudadana de Energía).  Regulada por la Directiva (UE) 2019/944 permite actividades relacionadas con la energía como generación, distribución y suministro, sin limitarse a fuentes renovables.
  • CCE (Comunidad de Energías Renovables).  Regulada por la Directiva (UE) 2018/2001 se centra exclusivamente en la producción y gestión de energías renovables priorizando la proximidad geográfica de los miembros.

¿Cómo se regula la gobernanza en uno Comunidad Energética?

La gobernanza debe ser democrática asegurando que todos los miembros tengan derecho a participar en las decisiones. Esto   implica:

  • Una persona un voto independientemente de su aportación económica.
  • Estatutos que reflejen la autonomía de la comunidad.
  • Transparencia en la gestión y rendición de cuentas a los miembros.

¿Cuáles son los beneficios de una Comunidad Energética para sus miembros?

  • Económicos: Reducción en la factura energética y retorno de inversión.
  • Medioambientales: Contribución a la transición energética y reducción de emisiones de CO2.
  • Sociales: Empoderamiento ciudadano, creación de empleo local, y lucha contra la pobreza energética.

¿Ser parte de la Comunidad Energética significa que ya no hay que pagar el recibo de la luz?

Se seguirá  pagando, pero se reducirá el total de tu factura en un 40-50 % aproximadamente y dependerá la reducción de   algunos factores como: número de personas inscritas en la Comunidad Energética, coste de las obras para la Infraestructura de generación o facilidad del acceso a la Red de Distribución.

¿Hay que cambiar de compañía eléctrica?

Con el objetivo de reducir costes y maximizar la rentabilidad del suministro se procederá al cambio de comercializadora para todos los usuarios de la CEL, manteniendo no obstante la misma distribuidora, de manera que se obtengan unas mejores condiciones económicas en base a la generación de energía y el consumo realizado. Este cambio lo realizará la propia Comunidad Energética.

¿Y cuánto hay que pagar de la  factura?

Únicamente se pagará  la energía consumida  a un precio más barato de lo que se pagaba  antes. Ahora el gasto en electricidad no depende exclusivamente de la comercializadora de energía, Ahora también   depende de   placas solares o de molinos de energía eólica que aprovechen las características de tu zona para generar energía.

¿Dónde llegará esa factura?

Esta factura llegará a los  domicilios para que el consumidor tenga  constancia de lo que se ha consumido y de lo que le cuesta ahora la energía.

¿A quién se le paga  el  consumo?

A un  número de cuenta bancaria de la Comunidad Energética.

¿Qué es el CAU? ¿Cómo se obtiene?

El CAU es el Código de Autoconsumo que identifica unívocamente a la instalación de autoconsumo y que relaciona todos los puntos de consumo y de generación asociados a la misma.

La definición de CAU viene dada en la Resolución de 13 de noviembre de 2019 de la CNMC, por la que se aprueba el formato de los ficheros de intercambio de información entre comunidades y ciudades con estatuto de autonomía y distribuidores para la remisión de información sobre el autoconsumo de energía eléctrica, publicada en el BOE número 282, de 23 de noviembre.

El instalador deberá solicitarlo a la compañía distribuidora que será la encargada de generar y proporcionar el código de autoconsumo. Debe hacerlo antes de que la instalación de autoconsumo esté finalizada y en condiciones de legalizar y diligenciar su certificado de instalación en la comunidad autónoma. La distribuidora se lo proporcionará automáticamente ya que no es un trámite que se solicite y no puede ser denegado por la distribuidora.

El código CAU se genera a partir del Código Unificado de Punto de Suministro (CUPS), definido en los procedimientos de operación del sistema más la letra “A” más “3 dígitos numéricos”. En el caso de los autoconsumos individuales el CAU será el código del CUPS de consumo más “A000”. En el caso de los autoconsumos colectivos el CAU será uno de los CUPS asociados al colectivo más “A000”.

45.¿Qué es el CIL, cómo se solicita, a quien se solicita y quien lo concede?

El CIL es el Código de Instalación de producción a efectos de Liquidación.

Se asigna a todas las instalaciones de producción de energía eléctrica ya que las identifica de forma única en el sistema de liquidación de energía en el mercado. Está formado por el CUPS al que se vincula la instalación, seguido del código F y tres cifras, normalmente 001 si hay una única fase de construcción de la planta generadora.

Lo asigna la compañía distribuidora de forma interna para cada instalación de generación al tramitar la conexión de la planta generadora a la red de distribución si existe trámite de acceso y de forma interna si no existe.

En el caso de instalaciones de autoconsumo, no es necesario realizar ninguna solicitud o trámite relacionado con el CIL.

¿Se puede crear una Comunidad Energética desde el Ayuntamiento?

Sí.

No hay un impedimento jurídico. Las Directivas mencionan a los municipios, empresas, particulares pero sin dejar clara la obligatoriedad de la participación de cada tipo de agente.

La presencia del Ayuntamiento debe de ser una fuente de ayuda en diferentes frentes; económico, financiero, medios, etc., que de otra manera puede costar obtener o fiar mucho a la acción desinteresada de la gente. Y  además puede ser la palanca de  proyectos que requieran contar con recursos existentes en espacios de titularidad municipal como cubiertas, suelos  pues más complicado aún.

¿Un autoconsumo compartido? ¿Podría integrarse en una Comunidad Energética ?

Habría que adaptar cosas, pero existen fórmulas para hacerlo. Una cuestión clara que hay es que la comunidad energética ha de ser titular de las instalaciones que desarrolla, de modo que sobre  instalaciones existentes deberá   modificarse la titularidad de dichas instalaciones existentes.

¿Cuál es la potencia límite de una comunidad energética?

No tiene límites de potencia.

¿Por qué el modelo cooperativo es preferible al asociacionismo para las Comunidad Energética?

  • Porque es un tipo de organización que se adapta perfectamente a los criterios de las directivas europeas.
  • Porque la organización a crear va a ser de una complejidad media/alta de complejidad y porque las cooperativas se adaptan muy bien a este tipo de situaciones con sus valores, leyes y diseños. Aunque al principio el modelo cooperativo parece demasiado complicado, a medio plazo las normas de juego de las cooperativas facilitan los procesos, la vida interna y las relaciones.
  • Porque desde el principio se garantiza la participación de las entidades públicas locales sin ningún tipo de impedimento.
  • Porque la vida y el espíritu cooperativo se impulsa en muchos ámbitos, no sólo a nivel energético. Con el objetivo de fomentar la cohesión, se difunden a nivel local los valores impulsados por las cooperativas.
  • Porque define y describe los tipos de personas socias y su papel en la comunidad.
  • Porque obliga a describir los derechos, obligaciones y formas de relacionarse entre las personas y entidades socias.
  • Porque establece los órganos de gestión, gobierno y supervisión, así como las competencias, funcionamiento y distribución de poderes de cada uno de ellos.
  • Porque económicamente determina las condiciones de las aportaciones (recuperables para las personas socias), los tipos de cuotas, las posibles vías de financiación, las posibles opciones de beneficio o pérdida y la creación y funcionamiento de los fondos sociales.
  • Porque es obligación de la cooperativa la formación continua en materia cooperativa, mediante la creación de fondos obligatorios en materia educativa.
  • Porque todos los aspectos están fijados en los estatutos. Una vez constituida, los estatutos suelen sufrir variaciones muy pequeñas durante la vida de la cooperativa, pudiendo ampliarse o desarrollarse aún más.
  • El derecho de voto y las mayorías están definidas en las cooperativas pero en las asociaciones no.
  • Capital social: Las diferencias en cuanto al capital social aquí son patentes. En la cooperativa hay aportaciones que son reintegrables y cuotas, mientras que en la asociación son solamente cuotas no reintegrables.
  • Cooperativa: dan opción de otorgar diferentes derechos según el tipo de socio.
  • Grandes empresas. Es importante definir los diferentes tipos de socios y establecer los derechos y obligaciones de cada uno de ellos. Podemos encaminar a las grandes empresas a ser socias pero siempre en determinadas forma de socio

¿Las Comunidades Energéticas, pueden unirse   a otra cooperativas  y constituir cooperativas de segundo grado?

Si es posible

El proyecto de cooperación pretende establecer en este sentido cooperativas de segundo grado   que permitan que las Comunidades Energéticas se integren en cooperativas de segundo grado o en el caso de asociaciones ya creadas en federaciones con circunscripción territorial coincidente con la de los grupos de desarrollo rural

¿Qué ventajas supone constituir estas cooperativas de segundo grado?

Entendemos que las cooperativas de segundo grado son la mejor forma de organizarse ante las carencias técnicas, financieras y humanas del medio rural en su transición energética.

La idea procede de extrapolar el concepto de las cooperativas agrarias o agroalimentarias de 1º y 2º grado al ámbito del autoconsumo energético y la implantación de la eficiencia energética.

Es un intento de innovación social copiando lo que existe en el espacio rural con matices procedentes de la filosofía y la experiencia leader, donde los grupos han de ser parte en la planificación de su implantación y del funcionamiento futuro de estas cooperativas de 1º y 2º grado, ya que son capaces de ofrecer  la gararantía de asumir la responsabilidad de la continuidad de la gestión de las mismas.